Se dictó y publicó decisión mediante la cual declaró competente a la CSCA, Admitió la demanda de nulidad; ordenó notificar a los ciudadanos FGR, al MINISTRO DEL PP PARA LA SALUD y a la PGR; al COORDINADOR ESTADAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE CONTRALORÍA SANITARIA DEL ESTADO ARAGUA, igualmente ordenó solicitar los antecedentes administrativos relacionados con la presente causa; ordenó la notificación a la sociedad mercantil LABORATORIO INMUNOLÓGICO ANA MARÍA URQUIOLA FADULL, C.A.,, instó a que la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para practicar las notificaciones ordenadas; y ordenó remitir el expediente judicial a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, una vez consten en autos las notificaciones ordenadas, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio.