DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Resuelve:
PRIMERO: Se Declara de oficio la NULIDAD del fallo dictado por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N°08 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en audiencia efectuada de acuerod con lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, celebrada en fecha 16 de Junio de 2020, y fundamentada en fecha 17 de Junio de 2020, mediante el cual IMPUSO Medida Cautelar Sustitutiva a la privación de libertad prevista en el artículo 242 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la Constitución de Fianza Económica, al ciudadano FRANK JUNIOR BRICEÑO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-18.654.111
SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de celebrarse nuevamente la Audienci.....