REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO GUANARITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanarito, 25 de junio de 2024.
Años: 214° y 165°.
Exp. Civil N° 2157-24.-
Por recibido désele entrada, al Acurdo conciliatorio de Obligación de Manutención, celebrada entre las partes ciudadanos: YUSBELI YALIXA HERNANDEZ ABREU y DEIVIS RAMON VALENCIA VERGARA, venezolanos, mayores De edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-21.492.038 y V-13.040.240, respectivamente, domiciliados en el Municipio Guanarito del Estado Portuguesa, en representación de su hijo: se omite el nombre del niño, emanada de la Defensoría del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Guanarito del Estado portuguesa, en beneficio de su hijo. Por cuanto dicha conciliación, no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, o alguna disposición expresa de la Ley, ni vulnera los derechos del niño y del a.....