Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el abogado MARIO RAMÓN MEJIAS DELGADO, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial en el juicio que por Estimación e Intimación incoare el abogado MARIO RAMON MEJIAS DELGADO en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ROSALIA CONDE ROSALES y en su propio nombre, contra la Sociedad de Comercio "CENTRO DE MEJORAMIENTO PARA LA SALUD" C.A.
SIN LUGAR, la acción de Intimación y Estimación de Honorarios Profesionales.
Queda en estos términos CONFIRMADA la sentencia recurrida.