Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por el abogado ENRIQUE JOSÉ FONT MUSSA, en su carácter de defensor judicial de la demandada, ciudadana ANA GREGORIA FERNÁNDEZ; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 16 de octubre de 2013 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró CON LUGAR la demanda de divorcio y DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos JOSÉ ROBERTO NOGUERA BETANCOURT y ANA GREGORIA FERNÁNDEZ.