PRIMERO: HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN de fecha 18 de junio de 2017, en los mismos términos en ella contenidos, celebrada por los demandantes ciudadanos ÁNGELA BRICEÑO y CLEVER RODRÍGUEZ, respecto a la demandada; confiriéndole el carácter de cosa juzgada. Continuando el presente proceso en el estado en que se encuentra con respecto a los codemandantes ciudadanos; JOSÉ ALVARADO, RAMÓN FELIBERTO, AISLER MUJICA, NELIDA PEÑA, MÁXIMO COLMENAREZ, LAZARO LEÓN, ROCNNY SALÓN, HÉCTOR RODRÍGUEZ, MARIELLY PIÑA y ORLANDO RAMÓN MUJICA
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: Una vez declarada definitivamente firme la presente decisión se ordena remitir el asunto al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, fin que declare terminado el proceso y remita el expediente al Archivo Judicial.