IV
DECISION:
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio intentada por la ciudadana: MARÍA RAMONA BARAZARTE DE MARQUEZ, ya identificada, y en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial, que contrajo con el ciudadano ALFREDO JOSE MARQUEZ MONTILLA, ya identificado, el día Nueve (09) de Octubre de 1981, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Campo Elías del Estado Trujillo, como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 21, que en copia certificada fue traída a los autos, marcada con letra "A", de conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil, y al criterio fijado con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo.....