En consecuencia, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir en segunda instancia el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 25 de julio de 2012, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio por impugnación de paternidad, interpuesto por la ciudadana ALBA CRISTINA GUEDEZ, titular de la cédula de identidad No. 6.652.800, asistida por el abogado Juan Gutiérrez Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 104.074, contra los ciudadanos JOSÉ GERARDO TORREZ PÉREZ y JUANA RAMONA GUEDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. 2.875.685 y 2.600.558, respectivamente.
SEGUNDO: Se DECLINA LA COMPETENCIA .....