El Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer y decidir la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, intentada por el abogado ERIK DAVID BECERRA GARRIDO, inscrito en el I.P.S.A. bajo matricula N° 147.227, apoderado judicial de los ciudadanos JUAN CARLOS COROBO CAMPOS y MARÍA ELENA MARTÍNEZ BARRIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.693.865 y V-9.849.503, respectivamente y de este domicilio, de conformidad con el artículo 764 y 60 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 3 de la Resolución N° 2009-0006 del Tribunal Supremo de Justicia, razón por la cual declina la competencia para el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripci.....