Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSE MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: consumada LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE COMODATO, fuera interpuesta por el ciudadano EFRAIN CANDELARIO HENRIQUEZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. V-2.783.388, mediante su apoderado judicial, abogado PEDRO PEÑALOZA DUARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 15.634, contra los CLAUDIALLY ZULEIMA GONZALEZ QUESADA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. V-8.614.147; en consecuencia, queda extinguida la instancia en el presente juicio.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de sentencias.
Notifíquese a la parte deman.....