Conforme a lo expuesto este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la Ley declara:
1. CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto conjuntamente con pretensión de amparo constitucional cautelar interpuesto por los abogados Arnoldo De Jesús Guerrero, e Ingrid Elena Tinoco, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 16.545 y 19.310 respectivamente, actuando como apoderados judiciales del ciudadano JUAN ANTONIO CHASSAIGNNE, identificado con la cédula de identidad N° 7.528.952, en contra de la Dirección de Desarrollo Urbano de la Alcaldía del Municipio San Diego. En consecuencia se declara la nulidad de la Resolución Nro. 191-99, de fecha 10 de noviembre de 1999, emanada de la Dirección de Desarrollo Social del Municipio San Diego del Estado Carabobo.