Visto el escrito presentado por la Fiscal Especializada Nº 26 del Ministerio Público del Estado Carabobo, y los recaudos anexos, mediante el cual solicita el Sobreseimiento Provisional de la presente Causa agregada a la actuación seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA identificados al folio 01 por la presunta comisión del delito de Robo Agravado tipificado en el artículo 460 Código Penal, hecho supuestamente ocurrido el 07-09-01, para decidir, este Tribunal observa que la Fiscalía manifiesta que en su oportunidad ordenó al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas la práctica de las diligencias de investigación pertinentes, no recibiendo resultas de las mismas razones por las cuales no cuenta con elementos suficientes que le permitan el ejercicio de la acción pública, ya que lo actuado le es insuficiente y no existe la posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que se lo permitan. En consecuencia, visto el pedimento del Ministerio Público, .....