Ante los razonamientos expuestos y vista la solicitud presentada por el ciudadano HORACIO LAPREA BIGOTT, en representación de la Sucesión MARCELO LAPREA FINAMORE, ciudadanos ISABEL TERESA BIGOTT DE LAPREA, HORACIO MARCELO LAPREA BIGOTT, MARCELO LAPREA BIGOTT, ARNALDO LAPREA BIGOTT, FRANCISCO LAPREA BIGOTT, BLAS LAPREA BIGOTT, MARIA TERESA DEL SOCORRO LAPREA BIGOTT, ISABEL CECILIA LAPREA BIGOTT, ROSA ELENA DEL ROSARIO LAPREA BIGOTT, JOSE GREGORIO LAPREA BIGOTT, RAFAEL ANTONIO LAPREA BIGOTT Y MARTIN RAMON LAPREA BIGOTT, antes identificados y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar bastante y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a el (a) (s) solicitante (s) el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil y al Principio Constitucional de Tutela Judicial Efectiva, establecida en el articulo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Ve.....