Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para entrar a conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, por la abogada Magdiel Camacaro Rivero, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 47.543, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA VENEZOLANA DE ELECTRODOMÉSTICOS C.A. (COVELCA), inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 27 de agosto de 1998, bajo el Nº 67, tomo 36-A, con modificación inscrita en el mencionado registro mercantil, en fecha 21 de mayo del 2001, bajo el Nº 67, tomo 20-A, contra el acto administrati.....