En consecuencia lo anteriormente expuesto, crea en mi ánimo de desasosiego espiritual, lo que evidentemente me impide conocer de la presente causa, proveniente del Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, donde actúan como parte Actora la ciudadana DENNIS VICTORIA GARCIA AGUILAR, representada por los abogados ARGENIS JOSE GONZALEZ SALAS y ARGENIS JOSE GONZALEZ UQUILLAS, , según consta a los folios 01 y 21 y su vuelto del presente expediente, impedimento este que obra contra la parte actora.
De conformidad con el artículo 34 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, remítase el presente expediente a la Unidad Receptora de Distribución de Expedientes, a los fines de su distribución al Juzgado Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial a quien corresponde su conocimiento.
Déjese copia de la presente inhibición en la carpeta llevada al efecto. Valencia, a los Veinticinco (25) días del .....