Se dicto sentencia interlocutoria declarando CON LUGAR la inhibicion formulada por el Dr. Julio Cesar Flores, Juez Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Estado Lara. Se ordeno remitir copia certificada de la decision al Juez inhibido y las actuaciones a la URDD CIVIL a los fines de la distribucion.