DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en los siguientes términos: PRIMERO: Visto el escrito de acusación presentado por el Ministerio Publico y la cual rechaza toda y cada una de las partes la defensa técnica adhiriéndose a los medios probatorias los cuales serán debatidos en el Juicio Oral Y Publico, por lo que este Tribunal Admite parcialmente la Acusación presentada por el Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y una vez vista las declaraciones de la victima la ciudadana KEYLA TUA en la cual manifiesto en esta audiencia los hechos tal como sucedieron donde fue despojado de su vehiculo automotor y en la cual manifestó no haber visto bien las personas que la despojaron de su vehícu.....