Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Humberto Fernández, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 27 de abril de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción del estado Lara. En consecuencia se declaró CON LUGAR LA DEMANDA DE REIVINDICACION, interpuesta por la ciudadana Edith Leal, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos Gertrudis Aguilera, Ernan Leal, Tito Leal, Héctor Leal, Alba Leal de Acuña, Gladis Leal, Vilma Leal, Carmen Leal de Vargas, Pablo Leal, Naileth Leal y Zuly Leal, contra los ciudadanos Ignacio Castillo y Aurora Castillo. Se declaró INADMISIBLE la reconvención propuesta. QUEDO así MODIFICADA la sentencia dictada en fecha 27 de abril de 2009, por el juzgado de la causa. Se condenó en costas a la parte demandada.