Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por la Abogada Alba Rosa Mendoza, en su condición de Defensora Privada del ciudadano TULIO MANUEL MARRUFO GÓMEZ, contra de la decisión dictada en fecha 13 de Abril de 2010 y fundamentada en esa misma fecha, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual decretó la Nulidad Absoluta del libelo acusatorio presentado en fecha 27-10-2009, solicitada por la defensa conforme a los artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Queda CONFIRMADA la Decisión del Tribunal A quo.
TERCERO: La presente decisión se dicta dentro del lapso legal. Remítase el presente asun.....