DECISIÓN
Por los argumentos y fundamento legales, jurisprudenciales antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por motivo de Desafecto fundamentado en las en las sentencias 1070 de fecha 9 de Diciembre del año 2.016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, expediente N° 16-916.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JAIME FRANCISCO DELGADO VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-21.126.291, debidamente asistido por la ciudadana: LILIANA GUERRERO SOLORZANO, Abogada, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 177.101, actuando en su condición de Defensora Pública Provisoria Primera (1º) en Materia Civil.....