DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanarito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO:CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-Apor la causal de Ruptura Prolongada de la vida en común, propuesta por losciudadanos:MARIA ELENA SOTO MUÑOZ y MARTIN JOSE BARRIOS ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidadesNros. V-19.867.270 y V-11.397.786, domiciliados, La Primera; Barrio El Rio del Municipio Guanarito Estado Portuguesa y ElSegundo: Caserío Las Animas de la Trinidad de la Capilla, Municipio Guanarito del Estado Portuguesa. SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo contraídopor los ciudadanos:MARIA ELENA SOTO MUÑOZ y MARTIN JOSE BARRIOS ESCALONA, venezolanos, mayores .....