En consecuencia: este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente causa. De conformidad con el artículo 267, ordinal 1°, en concordancia con el Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, intentada por la ciudadana MAYRA MARGARITA ORTEGA MAYORCA, antes identificada, asistida por la abogada NAYIBE ENRIQUE SILVA, contra el ciudadano ARMANDO LOPEZ APARICIO, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA CON PACTO DE RETRACTO.