Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA: EL ABANDONO de la defensa por parte de la abogada ALINA GARCIA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 332 del Código Orgánico procesal Penal