para la revisión de las medidas a los fines de sustituirlas o modificarla por una menos gravosa, cuando no cumpla con la finalidad de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que es lograr el pleno desarrollo de la capacidad del adolescente y lograr la integración con su grupo familiar y por cuanto en el presente caso se observa, que el sancionado de autos, realiza actividad laboral como obrero, en el programa SUVI de INAVI, del Ministerio de Habitat y vivienda en Barcelona Estado Anzoátegui y de las resultas del informe social, se observa que el jovenxxxxx , no presenta conducta desajustadas, no consume sustancias estupefacientes, psicotrópicas es responsable, trabajador y cuenta con el afecto del sector donde vive y actualmente, tiene un niño de tres años de edad teniendo formado ya un grupo familiar, lo que hace que este tenga que trabajar para contribuir a la subsistencia propia y de su familia, en razón de ello es por lo declara con lugar la solicitud de la.....