DECISION
En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la co- accionada LINEA FRATERNIDAD, C.A.
SIN LUGAR la pretensión incoada el ciudadano CESAR OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.13.132.297, contra la sociedad de comercio TRANSPORTE UNION CARLOS ARVELO, S. R. L., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 28 de Mayo de 1976, anotada bajo el N° 68, Tomo 19-B,
PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión incoada por el ciudadano CESAR OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.13.132.297, contra las sociedades de comercio LINEA FRATERNIDAD C.A., inscrita por ante el.....