Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Desistida la Demanda de Acción Reivindicatoria, presentada por la ciudadana Gregoria Del Carmen Savedra Padilla, actuando en representación de sus hijos (Identidad Omitida en concordancia art. 65 L.O.P.N.N.A), ya identificados contra la ciudadana Carmen Teresa Porteles, ya identificada y terminado el proceso.