En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, revisa de oficio la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, decretada en contra de procesados Andy José Sosa Guedez, Oswaldo Antonio Vargas Navas, Paúl Gabriel Montilla Alejos y Humberto Antonio Uzcátegui Ortiz, ampliamente identificados en autos, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Arma de Fuego, tipificado en el artículo 277 del Código Penal, ampliándose el régimen de presentaciones dictado en su oportunidad como parte de la medida de coerción personal impuesta, quedando obligados a presentarse una vez cada treinta (30) días por ante la taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial Penal, a tenor.....