DECLARA CULPABLE y en consecuencia CONDENA al ciudadano PABLO ANTONIO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº (...), a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, AMENAZA AGRAVADA, VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previsto y sancionado en los artículos 39, 40, 41 tercer aparte y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, respectivamente RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones en concordancia con la circunstancia establecida en el artículo 88 del Código Penal y artículo 74 numeral 4to ejusdem, en agravio de la ciudadana victima MARÍA EMILIA COLMENAREZ VARGAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-(...). Sin perjuicio al computo final que realice Tr.....