En virtud de las anteriores consideraciones, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la recusación interpuesta por el ciudadano abogado Christian Vicente Gramcko León, en su condición de víctima en el asunto identificado con el alfanumérico GP01-PM-2017-000226, seguido en contra del ciudadano José Domingo Valdivia Valencia, en contra del Juez Tercero de Primera Instancia en Función de Control Municipal de este Circuito Judicial Penal, abogado Nelson Enrique Meléndez Vargas. Así se decide.
Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente. Déjese copia de la decisión recaída en la presente incidencia.