PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio suscrita y presentada por los ciudadanos IRAIMA COROMOTO MELENDEZ MUÑOZ y ANTONIO JOSÉ COLLES ZERPA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-13.094.945 y V-13.648.250, en su orden, domiciliados, la primera en la Urbanización Santa Ana Sur, avenida las Américas, calle Tovar, casa N° A-39 Flamingo, Parroquia Antonio Spinetti Dini, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida; y el segundo en Sector Arado "B", Urbanización Tío Alberto, casa N° 1975, Quinta " Santa Cruz", el Valle, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles; con fundamento en la sentencia vinculante Nº 446, de fecha 15 de mayo de 2014, proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.