Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar lo solicitado por la Defensa, y en tal sentido actuando de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículo 646 y 647 literal "e" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, concatenado con el articulo 8, 629 y 630 de la LOPNNA, se declara Con Lugar la solicitud de la Defensa quedando desestimada la pretensión Fiscal y en consecuencia REVISA Y SE SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD que por el lapso de un año y seis meses viene cumpliendo la ciudadana XXXXXXXXX; sancionada por estar incurso en el delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.....