DECISIÓN:
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado ALBERTO JOSÉ FREITES DEFFIT, apoderado judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 20 de enero de 2015 por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, y Tránsito del estado Lara, que declaró:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO intentada por los ciudadanos SAÚL CASIQUE SÁNCHEZ, YENNY BELLY CASIQUE DE ÁLVAREZ, ZULAIVA HISMELDA CASIQUE DE MENDOZA, BLANCA YOLAIMA CASIQUE DE YÉPEZ, BELKIS YAMIRA CASIQUE DE TARIFE, y SAÚL CASIQUE ROJAS contra la Sociedad Mercantil PROMOCIONES Y DESARROLLOS M.G. 2005 C.A, todos identificados, igualmente, se declara SIN LUGAR la reconvención presentada por la última contra los primeros.
SEGUNDO: Se declara LA.....