DISPOSITIVA
En mérito a los razonamientos precedentemente expuestos esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ADMITE el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS, interpuesto por la abogada ALICIA ORTEGA DE FAJARDO, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el N° 22.334, apoderada judicial del ciudadano GUSTAVO ADOLFO BARRETO ESTRADA (Víctima), en contra de la decisión de fecha 24 de Septiembre del 2024, emitida por la Jueza Tercera en Función de Control Penal del Circuito Judicial del estado Carabobo, con ocasión a la declaratoria: SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 300 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano MANUEL ALEJANDRO CORREDOR YANEZ, en el asunto principal signado con la nomenclatura Nº CIM.....