Así las cosas y visto que la interposición del presente Procedimiento de Calificación de Despido por el Trabajador ciudadano WILFREDO JOSE LICEAGA persigue que se le califique el despido como injustificado y en consecuencia se le acuerde el reenganche con el pago de los salarios caídos, por lo tanto, resulta necesario para quien juzga declarar procedente el presente procedimiento y en tal sentido se presume la admisión de los hechos alegados por la parte actora, ordenándose el reenganche del trabajador a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que tenía al momento de su despido de fecha 31 de Julio de 2006, con todos los beneficios laborales que le otorga las Leyes o decretos que la benefician. Igualmente se condena a la accionada al pago de salarios caídos que hubiera dejado de percibir el actor desde el momento de su despido hasta la fecha efectiva de su reenganche calculado a razón del salario mensual de SEISCIENTOS SESENTA MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs 660.000,00), .....