En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, de la solicitud de JUSTIFICATIVO JUDICIAL SOBRE VEHICULO interpuesta por el ciudadano ESCANDAR ALEJANDRO GUZMAN AYUB, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.510.560, de este domicilio, asistido por el Abogado JOSE LUIS CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.833.