En base a las anteriores consideraciones, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de La República y por Autoridad de la Ley, decide en los términos siguientes; PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la abogada RORAIMA SAMUEL ORTIZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Cuarta del Ministerio Público. SEGUNDO: De conformidad a los artículos 173, 190 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, ANULA el Auto dictado en fecha 21 de febrero de 2007, por la Jueza Nº 1 de Primera Instancia en Funciones de este Circuito Judicial Penal, mediante cual le fue decretado Libertad sin Restricción, al ciudadano PABLO EMILIO SUAREZ MUJICA, TERCERO: la presente decisión no contraría el derecho que tiene el Ministerio Público de desarrollar la investigación iniciada y, si así lo estima conveniente y necesario, podrá solicitar ante cualquier juez de control la aplicación de una medida cautelar de conformidad el procedim.....