Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la fórmula en referencia, en consecuencia, téngase la misma como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada ente las partes, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena dar por terminada la causa y el archivo del expediente.-