Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la demanda y se ordena a la demandada ESTACIÓN DE SERVICIOS CORPOVEN EL TERMINAL BARQUISIMETO, C.A. y solidariamente a las sociedades ESTACIÓN DE SERVICIO LAS PIEDRAS C.A. (I y II) y TRANSPORTE PICHARDO C.A. a pagar las horas extras y sus incidencias señalados en la parte motiva que serán cuantificados en la experticia que se ordenó practicar.SEGUNDO: Por el vencimiento parcial, no hay condenatoria en costas.