Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA para que conozca, el Juzgado Segundo de Ejecución sección ordinaria de este Circuito Judicial penal, el presente asunto que se le sigue al ciudadano XXXXXXXXX; mediante la cual quedó sancionado a cumplir la medida de privación de libertad, por el lapso de tres (03) años y cuatro (04) meses, por la comisión de los delitos de coautor en el delito de robo agravado y robo de vehículo automotor, previsto en los Artículos 458 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 de la citada Ley, y artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor en concordancia con los ordinales 1°, 2°, 3° y 8° del artículo 6 ejusdem, cometido en perjuicio del ciudadano XXXXXX
La presente decisión se fundamenta en los artículos 70 numeral 4, 73, .....