En consecuencia y visto que la opinión del equipo multidisciplinario es vinculante para el juez a la hora de otorgar la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Libertad Condicional ; este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, fundamentándose en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° en relación con los artículos 510 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA el otorgamiento de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Libertad Condicional , al Penado Domingo Ramón Mata, venezolano, de 38 años de edad, nacido en fecha 14-04-69, soltero, Titular de la Cédula de Identidad N° 9.459.345, hijo de Mery Mata, y residenciado en: Calle Acosta, casa N° 21, Carúpano, Estado Sucre, frente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas , Carúpano, Estado Sucre, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucr.....