En consecuencia, concluidas las actividades procesales de la audiencia de juicio, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley declara CON LUGAR LA DEMANDA de INTERDICCIÓN CIVIL propuesta por el ciudadano AUGUSTO MIGUEL PATIÑO MORALES. En este sentido DECRETA:
PRIMERO: LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA DE LA CIUDADANA identidad omitida por disposición de la ley, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-14.333.501, y de este domicilio.
SEGUNDO: El nombramiento de la ciudadana GRISBETH JOSEFINA DAM ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 13.959.389 y de este domicilio, como TUTORA de la mencionada ciudadana. La ciudadana identidad omitida por disposición de la ley, debe ser cuidada en su casa de hab.....