´Con base en los argumentos anteriormente expuestos, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: De conformidad con el numeral 2º del artículo 313 del Código Orgánico Procesal penal se ADMITE TOTALMENTE la acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra del ciudadano MANUEL ALEXANDER DELGADO DELGADO; venezolana, natural de valencia, Estado Carabobo, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 29.696.879, de estado civil Soltero, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 10-06-1997, de profesión u oficio Agricultura, residenciado en : Sector Bella Vista, Calle Principal, Casa sin número, Parroquia Tocuyito, Municipio Libertador, por la presunta comisión del delito de ATAQUE AL CENTINELA CON OCASIÓN A MUERTE, previsto y sancionado en el artículo 501 numeral 2 y SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL previsto y sancionado en el ar.....