Finalmente debe señalarse que cuando se solicita la citación de una persona en nombre de la empresa, se realiza no para que ella reciba la citación, sino por que se piensa que es esa persona la que representa a la empresa, por ello y al haberse declarado sin lugar la falta de legitimidad, es por lo que debe considerarse que esa persona actuó igualmente en nombre de la empresa, en tal sentido el ordenamiento jurídico (anterior) facultaba a la demandada en la oportunidad de dar contestación, o bien oponer cuestión previa o bien contestar la demanda, siendo que la demandada optó por ejercer el derecho de oponer cuestiones previas; y una vez resueltas procedió en el término dado por la sentencia a dar contestación a la demanda, razón por la cual el Juzgado A-quo actuó correctamente al tomar en consideración la contestación a la demanda, en consecuencia siendo éste el único punto de apelación, resulta forzoso declarar Improcedente el Recurso de Apelación interpuesto por la parte actora. Y a.....