DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de hecho intentado por el apoderado judicial de la parte actora en contra del auto del 09-04-2014 que negó oír la apelación interpuesta contra el auto de fecha 01-04-2014 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, OÍGASE en un solo efecto la apelación interpuesta por el abogado MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZ PARRA, contra el auto de fecha 1 de abril de 2014 que negó la reposición de la causa.
Queda así REVOCADO el auto que negó la apelación.
Remítase copia certificada de esta sentencia con oficio al Juez A-quo, y archívese la presente causa.
De conformidad con el artículo 248 del Código .....