DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por por los abogados JOSE ADRIAN VASQUEZ RIERA y ANYIS DAYAN PEÑA HIDALGO identificados con matricula de inpreabogados Nº 46.050 y 102.958, actuando con el carácter de Co Apoderados Judiciales de la ciudadana LIDIA MARGARITA LUGO RAMIREZ, contra la decisión de fecha 12 de febrero del año 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Guanare; por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por los abogados YUMARY LISBETH HURTADO ESCALANTE y ANDRES COROMOTO JIMENEZ GARCIA, identificados con matricula de inpreabogado Nº 62......