este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la pretensión que por Prescripción Adquisitiva postularon originalmente los ciudadanos LILIA ONDINA RUESGA DE RODRÍGUEZ (fallecida) y JORGE ANDRÉS RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, y en la que luego intervino el ciudadano GIUSEPPE FALCONI MOSQUERA (fallecido) por la cesión que de derechos litigiosos le efecture el último de los nombrados, y que merced a su fallecimiento dio lugar a la sustitución procesal en nombre de sus causantes conocidos, ciudadanos CARMEN YOLANDA FLORIDO DE FALCONI, CESAR EMILIO, ROSANNA y RICARDO ALESSANDRO, la primera de las mencionadas en su condición de esposa del de cujus y los restantes en su condición de hijos en contra de la ciudadana MARGOT EVANGELISTA LAMBERTI GONZÁLEZ (fallecida), todos de este domicilio y previamente ident.....