DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora.
SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ DEL CARMEN CHACÍN CORDERO, titular de la cédula de identidad N° 7.132.511, contra la sociedad de comercio FANACA, C.A.