T E R C E R O:
Por las razones expuestas, Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1, de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley:
PRIMERO: Homologa: El Pre - Acuerdo Conciliatorio propuesto y celebrado entre las partes en fecha 07/06/12, y lo Homologa al tenor de lo establecido en el Artículo 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Suspendiendo el Proceso a Prueba por el Plazo de cuatro (04) meses, por consiguiente vence en fecha: 26 de Octubre de 2012.
SEGUNDO: Se impone al Adolescente Imputado: (IDENTIDAD OMITIDA), al cumplimiento de la siguiente condición:
1.- La obligación de los (IDENTIDAD OMITIDA) de estudiar bajo la responsabilidad y vigilancia de sus padres, y presentar las respectivas constancias a este Tribunal.
2.- La prohibición del adolescente (IDENTIDA.....