En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO. Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos: LUIS RAFAEL PATIÑO LEONARDIZ Y NELITZA PALMIRA MENDOZA LEON, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nos. V-7.164.843 y V-11.746.732 respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por la abogada ANABEL DEL VALLE FUENTES DE LEON, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 191.580 y de este domicilio. En cuanto a los hijos, procrearon un hijo el cual es mayor de edad según partida de nacimiento inserta en los folios 7 y 8, con razón a los bienes que liquidar, no poseen.
Se ordena agregar a los autos escrito presentado por el ciudadan.....