D I S P O S I T I V O
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda por prescripción adquisitiva intentada por LUTECIA MERCEDES VIANA CANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.850.098, de este domicilio en contra de los ciudadanos GUSTAVO LOSADA ORTIZ, MARIA TERESA LOSADA DE JIMENEZ, VICTOR MANUEL LOSADA ORTIZ, DORIS JOSEFINA LOSADA ORTIZ y OLI MERCEDES LOSADA DE OSCARAY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-512.266, V-528.336, V-534.765, V-542.243, V-2.655.344 y V-2.655.345 respectivamente y a la sucesión Losada Ortiz, sobre un inmueble consti.....